Documentación necesaria — Pareja de Hecho (Comunitario)

La documentación debe ser original, apostillada/legalizada si procede, y traducida al español por traductor oficial cuando sea necesario.

1) Documentación del ciudadano comunitario

  • Pasaporte o DNI en vigor.
  • Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión.
  • Contrato de trabajo, vida laboral o medios económicos acreditados.
  • Seguro de salud público o privado si no trabaja.
Documentación ciudadano comunitario

2) Documentación del solicitante extracomunitario

  • Pasaporte válido y completo.
  • Tres fotografías tamaño carné.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen (cuando lo solicite la Oficina de Extranjería).
Documentación solicitante extracomunitario

3) Documentación que acredita la relación

Este es el punto clave:

  • Certificado de inscripción como pareja de hecho emitido por un Registro de Parejas de Hecho (nacional/autonómico/municipal, según corresponda).
  • Debe estar en vigor y tener fecha reciente (según criterio de la oficina; normalmente menos de 3 meses).

Si la inscripción fue fuera de España

  • Certificado original del registro extranjero.
  • Apostilla o legalización.
  • Traducción jurada.
MUY IMPORTANTE: Muchas oficinas exigen acreditar que la convivencia es real y continuada, aunque se trate de pareja registrada. Pueden pedir:
  • Empadronamiento conjunto.
  • Contratos o facturas a nombre de ambos.
  • Seguro, cuentas bancarias o contratos compartidos.
Documentación que acredita la relación - pareja de hecho

4) Documentación para acreditar medios económicos

Dependiendo del caso:

  • Contrato de trabajo y alta en Seguridad Social.
  • Vida laboral.
  • Extractos bancarios actualizados.
  • Seguro privado con cobertura total (si no trabaja).
  • Declaración responsable de apoyo económico al familiar extracomunitario (si procede).

5) Tasa administrativa

  • Modelo 790 código 012, concepto: “Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión”.
Medios económicos y tasa administrativa

Presentación y plazos

  • Se presenta en persona en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía.
  • Debe hacerse dentro de los 3 meses desde la entrada a España o desde la inscripción como pareja de hecho.
  • La administración tiene 3 meses para resolver.
  • Si es favorable → toma de huella y se emite la tarjeta física, válida por 5 años.

Derechos

  • Permite residir y trabajar en España en igualdad de condiciones.
  • Posibilita circular libremente por la Unión Europea (según normativa aplicable).
  • Mantener el derecho incluso ante ruptura o fallecimiento, si se cumplen los requisitos legales y plazos de convivencia.
Presentación, plazos y derechos