¿Qué es la Nacionalidad Española por Residencia?

La nacionalidad española por residencia es una de las formas más comunes y accesibles de adquirir la ciudadanía española. Se concede a los extranjeros que han vivido legalmente, de manera continuada y con buena conducta en España durante un período determinado.

¿Qué te permite obtener?

Este derecho permite al solicitante convertirse en ciudadano español con todos los derechos y deberes, incluyendo:

  • Residir y trabajar libremente en toda la UE.
  • Acceso a sanidad, educación y prestaciones sociales.
  • Posibilidad de obtener el pasaporte español.
  • Participar en la vida política y civil.
Nacionalidad por residencia

Finalidad del procedimiento

Reconocer la integración real y efectiva del extranjero en la sociedad española.

  • Conocimiento del idioma español.
  • Estabilidad económica y laboral.
  • Ausencia de antecedentes penales o policiales.
  • Participación social y respeto a las leyes.

Diferencia con otras vías

La nacionalidad por residencia no requiere vínculos familiares directos con España. A diferencia de:

  • Nacionalidad por opción.
  • Carta de naturaleza.
  • Nacionalidad para sefardíes.

Beneficios principales

  • Estabilidad jurídica: no más renovaciones.
  • Libre circulación por la UE.
  • Acceso a derechos políticos, sociales y laborales.
  • Pasaporte español: alta aceptación internacional.
  • Reagrupación familiar más sencilla.

¿Quién puede solicitarla?

  • Residir legalmente en España con permiso vigente.
  • Cumplir el tiempo mínimo de residencia.
  • No tener antecedentes penales.
  • Acreditar integración social.

Normativa

  • Código Civil (art. 22 y 23)
  • Real Decreto 1004/2015
  • Instrucciones de la DGSJyFP.
Requisitos y exámenes

Requisitos principales

  1. Residencia legal y continuada en España.
  2. Buena conducta cívica.
  3. Integración en la sociedad española.
  4. Aprobación de exámenes CCSE y DELE.

Exámenes

  • CCSE: cultura, leyes e instituciones.
  • DELE: idioma español (A2 mínimo).

Presentación de la solicitud

  • Telemáticamente: Ministerio de Justicia.
  • Presencialmente: Registro Civil u oficinas de asistencia.

Documentación y tasas

  • Formulario oficial.
  • Pasaporte completo y NIE.
  • Empadronamiento.
  • Antecedentes penales.
  • Pago tasa 790 código 026.

Resolución, jura e inscripción

  • Jura o Promesa de fidelidad al Rey y a la Constitución.
  • Inscripción como español en el Registro Civil.
  • Solicitar DNI y Pasaporte español.

Denegación y recursos

  • Recurso potestativo ante el Ministerio de Justicia.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
Resolución y recursos