Certificado de Registro y Tarjeta de Residencia
de Familiares de Comunitarios

Información clave para entender qué es, quién puede solicitarlo, requisitos, plazos y derechos relacionados con la residencia como familiar de ciudadano de la UE/EEE/Suiza en España.

¿Qué es?

  • Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea: acredita la inscripción de un ciudadano de un Estado miembro de la UE (o del EEE o Suiza) en el Registro Central de Extranjeros cuando reside en España por más de tres meses. (Policía Nacional)
  • Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea: permite a un familiar extracomunitario residir legalmente en España por un período superior a tres meses. (Ministerio del Interior)
Certificado de registro y tarjeta de familiar comunitario

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Pueden solicitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Comunitario los familiares extracomunitarios que acompañen o se reúnan con su familiar ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza y que pretendan residir en España más de tres meses. (Ministerio del Interior)

Incluye, entre otros

  • Cónyuge.
  • Pareja registrada o pareja de hecho en situación análoga.
  • Hijos o descendientes menores o dependientes.
  • Ascendientes dependientes. (European Union)
Familiares que pueden solicitar la tarjeta comunitaria

Requisitos principales

Para poder solicitar la tarjeta de residencia como familiar de comunitario, se exige lo siguiente: (Ministerio del Interior)

  • Pasaporte válido y en vigor del familiar extracomunitario.
  • Certificado de Registro del ciudadano de la UE al que acompaña o con el que se va a reunir (su propio certificado como ciudadano europeo en España).
  • Documentación que acredite el vínculo familiar (matrimonio, nacimiento, pareja de hecho, etc.) debidamente apostillada o legalizada y traducida si procede.
  • Si corresponde, documentación que pruebe la dependencia económica o familiar cuando lo requiera la normativa.
  • Tres fotografías recientes tamaño carné, fondo blanco.
  • Justificante de pago de la tasa administrativa (modelo 790, código 012) del importe legalmente establecido. (Ministerio del Interior)
Documentación y requisitos principales

Plazo y forma de presentación

  • La solicitud debe presentarse en persona por el familiar extracomunitario ante la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía de la provincia donde se vaya a fijar la residencia.
  • Debe presentarse dentro de los tres meses siguientes a la entrada en España o al inicio de la residencia con el familiar comunitario.
  • La autoridad entregará inmediatamente un resguardo de presentación, que sirve como prueba de estancia legal mientras se tramita la tarjeta. (Ministerio del Interior)
Presentación de solicitud en Extranjería o Policía

Plazos y validez

  • La resolución debe producirse en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud.
  • En caso favorable, la tarjeta tiene validez de cinco años o por el período de residencia previsto si es inferior. (Ministerio del Interior)

Derecho y protección

  • El derecho a residir se mantiene incluso si el ciudadano comunitario de referencia fallece, abandona España, o si se extingue el vínculo familiar (por ejemplo, divorcio), siempre que se cumplan las condiciones legales de residencia y convivencia. (Ministerio del Interior)
Derechos, validez y protección del permiso