Nacionalidad Española por Opción

La nacionalidad española por opción es una forma de adquirir la nacionalidad dirigida a personas que mantienen un vínculo especial con España, normalmente por ser hijos o descendientes de españoles.

Es un procedimiento más rápido y flexible que el de residencia, siempre que se cumplan las condiciones previstas en el Código Civil Español.

¿Quiénes pueden solicitarla?

  • Personas sujetas a patria potestad de un español (biológicos o adoptivos, menores de edad).
  • Personas cuyo padre o madre hubieran sido españoles o nacido en España.
  • Personas cuya filiación o nacimiento en España se determine después de los 18 años.
  • Personas adoptadas por españoles mayores de edad (dentro de los 2 años siguientes a la adopción).
Quienes pueden solicitar nacionalidad por opción
Documentación nacionalidad opción

Documentación Necesaria

  • Formulario de solicitud oficial.
  • Certificación literal de nacimiento del solicitante.
  • Certificación literal del progenitor español.
  • Documento de identidad del solicitante y progenitor español.
  • Documento acreditativo de patria potestad o filiación.
  • En caso de adopción, resolución judicial o escritura pública.
  • Mayores de 18 años: manifestación expresa de voluntad.

Dónde se Presenta la Solicitud

  • En España: en el Registro Civil correspondiente al domicilio.
  • Desde el extranjero: en el Consulado de España correspondiente al país de residencia.
  • En ambos casos, puede requerirse cita previa.

Plazos para Ejercer la Opción

  • Antes de los 20 años, si la filiación se determina después de los 18.
  • Dentro de los 2 años siguientes a la adopción o determinación de filiación.
Dónde presentar solicitud nacionalidad
Resolución y efectos

Resolución y Efectos

  • Si se aprueba: Jura o Promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución.
  • Inscripción como español en el Registro Civil.
  • Permite solicitar DNI y pasaporte español.

Ventajas

  • No requiere años de residencia.
  • Trámite más rápido que otras vías.
  • Reconocimiento pleno como ciudadano español de origen.
  • Permite transmitir la nacionalidad a los hijos.
  • Acceso a derechos civiles, laborales y políticos.